Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 7 feb 2014
La acreditación de unidades de competencia obtenidas a través de la superación de los módulos profesionales de los títulos de formación profesional surtirán los efectos de exención del módulo o módulos formativos de los certificados de profesionalidad asociados a dichas unidades de competencia establecidos en el presente real decreto.
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eli/es/rd/2013/12/13/988#art-9