Título TÍTULO II
Art. 26
26 / 80En vigor desde 1 nov 2015
1. Subastas:
a) En la negociación por subasta, los agentes pueden enviar ofertas de compra y venta para un producto determinado.
b) Se realizará la casación de las ofertas de venta y compra para cada producto subastado de manera independiente por medio del método de casación simple. El resultado de la casación determinará el precio marginal de cada producto, que será igual al precio del punto de corte de las curvas agregadas de venta y de compra de dicho producto, así como la cantidad de producto que se asigna para cada agente.
c) Podrán realizarse, entre otras, subastas de apertura, subastas de cierre o subastas ante determinados eventos.
2. Mercado continuo:
a) En la negociación en mercado continuo, los agentes pueden enviar ofertas de compra y venta para un producto determinado. Los agentes tienen en todo momento acceso a las informaciones de las ofertas presentadas por el resto de agentes.
b) Al introducir una oferta, la casación se realiza instantáneamente, en caso de que exista una oferta contraria competitiva.
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Proeli/es/rd/2015/10/30/984#art-26