Art. 39
Libro REGLAMENTO DE TROPA Y MARINERÍA PROFESIONALES DE LAS FUERZAS ARMADASCapítulo Capítulo IX

Art. 39

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En vigor desde 1 sept 1992
Contra las decisiones en materia de destinos, ascensos, promoción profesional y situaciones administrativas, el personal de tropa y marinería profesionales podrá interponer los recursos administrativos que procedan.
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eli/es/rd/1992/07/31/984#art-39