Art. 12
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 12

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En vigor desde 26 nov 2015
La competencia general del ciclo final de grado medio en aguas bravas consiste en adaptar, dirigir y dinamizar el entrenamiento básico y el perfeccionamiento técnico en la etapa de tecnificación deportiva de slalom y descenso en aguas bravas; organizar, acompañar y tutelar a los deportistas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propios de este nivel; gestionar los recursos materiales necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos del nivel de iniciación deportiva; todo ello conforme a las directrices establecidas, en condiciones de seguridad y con el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes en la actividad y el aprendizaje y progresión adecuados.
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eli/es/rd/2015/10/30/981#art-12