Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Normas de tramitación
Art. Disposición final primera
44 / 46En vigor desde 27 mar 2014
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación mercantil, procesal y civil, prevista en el artículo 149.1.6.ª y 8.ª de la Constitución.
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Proeli/es/rd/2013/12/13/980#disposicion-final-primera