Art. 8
8 / 23En vigor desde 26 jul 2007
1. Se crea la Subcomisión Técnica de Seguimiento, que estará integrada por los siguientes miembros del Consejo Superior de Deportes:
a) El Director General de Deportes que actuará como Presidente de la Subcomisión.
b) El Subdirector General de Alta Competición como Vicepresidente de la Subcomisión.
c) El Subdirector General de Promoción Deportiva y Deporte Paralímpico, que actuará como vocal.
d) Dos Técnicos deportivos del Consejo Superior de Deportes que actuarán como vocales.
e) Un funcionario del organismo que actuará como Secretario de la Subcomisión.
2. La Subcomisión Técnica de Seguimiento se reunirá por convocatoria de su Presidente o a iniciativa del Presidente de la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría simple y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. El Secretario levantará acta de los acuerdos tomados y los remitirá a la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel.
3. Corresponde a la Subcomisión Técnica de Seguimiento:
a) Examinar las solicitudes de calificación de deportista de alto nivel presentadas por las federaciones deportivas españolas, elevando aquellas que cumplen los criterios establecidos en el presente real decreto para la adquisición de dicha condición, al Presidente de la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel, que dictará la oportuna resolución que será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
b) Remitir a la Comisión de Evaluación de Deporte de Alto Nivel, junto con informe razonado, los casos excepcionales de solicitud de la condición de deportista de alto nivel a que se refiere el apartado 2 del artículo 6 de esta norma, para que la Comisión realice la valoración correspondiente.
c) Informar a la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel del desarrollo de sus actividades, redactando una memoria anual de las mismas.
d) Elaborar propuestas de resolución sobre las cuestiones técnicas que la Comisión le asigne.
e) Asesorar a la Comisión de Evaluación del Deporte de Alto Nivel en todas aquellas materias que le sean encomendadas.
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Proeli/es/rd/2007/07/13/971#art-8