Art. Disposición final primera
5 / 7En vigor desde 18 nov 2025
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
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Proeli/es/rd/2025/10/28/969#disposicion-final-primera