Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 23 nov 2014
Corresponde a la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a las Universidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este real decreto.
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