Art. 22
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 22

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En vigor desde 23 nov 2014
Los informes de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y de la Acreditación tendrán en cuenta la formación adquirida para la obtención del título cuya correspondencia a nivel MECES se pretende, así como su duración o carga horaria.
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eli/es/rd/2014/11/21/967#art-22