Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL

Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL

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En vigor desde 1 ago 1990
DISPOSICIÓN ADICIONAL Por el Ministerio de Economía y Hacienda se habilitarán los créditos presupuestarios necesarios para hacer efectivo el cumplimiento de las disposiciones del presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1990/07/13/960#disposicion-adicional