Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 13 mar 2019
Los actos y resoluciones de la Gerencia de la Mutualidad, así como los de los Delegados Provinciales dictados por delegación de la Gerencia, serán susceptibles de recurso de alzada ante la Ministra de Justicia. Las resoluciones de la Comisión Rectora y del Consejo General serán susceptibles de recurso de alzada ante la Ministra de Justicia.
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