Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 13 mar 2019
El Consejo General tiene las siguientes atribuciones: a) Conocer la Memoria anual del organismo elaborada por la Gerencia. b) Conocer el Anteproyecto anual de Presupuesto, así como el balance y las cuentas anuales. c) Conocer los planes de inversión y del plan de actuación del organismo. d) Proponer, en su caso, cuantas medidas, planes y programas sean convenientes para el desarrollo de los mecanismos de protección del régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia. e) Conocer de cuantos asuntos le sean sometidos por los otros órganos de la Mutualidad. f) Ejercer las demás funciones que las normas legales o reglamentarias le encomienden.
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eli/es/rd/2019/03/01/96#art-9