Art. 81
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 81

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En vigor desde 8 feb 2009
Proporcionará al mando una puntual y objetiva información con los elementos de juicio y datos que le permitan fundamentar sus decisiones. Tendrá presente que el trabajo que desempeña es impersonal y que sólo será responsable ante su jefe. No interferirá en las acciones directivas propias del mando.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-81