Art. 8
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 8

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En vigor desde 8 feb 2009
La disciplina, factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado, será practicada y exigida en las Fuerzas Armadas como norma de actuación. Tiene su expresión colectiva en el acatamiento a la Constitución y su manifestación individual en el cumplimiento de las órdenes recibidas.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-8