Art. 74
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Art. 74

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En vigor desde 8 feb 2009
Informará a sus subordinados del desarrollo de las actividades, ejercicios y operaciones en curso, así como de los planes y proyectos que les puedan afectar, en la medida que las circunstancias lo permitan.
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eli/es/rd/2009/02/06/96#art-74