Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 32
32 / 51En vigor desde 15 sept 2023
(Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, Ref. BOE-A-2023-6735#dd , con efectos de 15 de septiembre de 2023, según establece su disposición final 6. Redacción anterior: "A los efectos de promover o abordar estudios estadísticos en materia de juego seguro y patrones de juego, la autoridad encargada de la regulación del juego podrá requerir la colaboración del operador para comunicar a las personas registradas la existencia de cuestionarios sobre su experiencia y hábitos de juego, así como para facilitar el acceso a los mismos. La respuesta del jugador será en todo caso voluntaria y anónima."
Se deroga, con efectos de 15 de septiembre de 2023, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo. Ref. BOE-A-2023-6735#dd
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/11/03/958#art-32