Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
44 / 48En vigor desde 5 nov 2017
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
1. Real Decreto 2595/1976, de 30 de octubre, por el que se establecen primas al desguace de buques pesqueros.
2. Real Decreto 519/1986, de 7 de marzo, por el que se regulan las ayudas de modernización y reconversión de buques pesqueros de eslora comprendida entre 9 y 12 metros entre perpendiculares.
3. Real Decreto 535/1987, de 10 de abril, sobre construcción de buques pesqueros de seis o más metros y menores de nueve metros de eslora entre perpendiculares y ayudas complementarias en materia de estructuras del sector pesquero y de la acuicultura.
4. Real Decreto 1391/1990, de 8 de noviembre, sobre la construcción y modernización de buques pesqueros de eslora entre perpendiculares inferior a seis metros y sobre la materialización de bajas.
5. Real Decreto 1437/1992, de 27 de noviembre, por el que se fijan las normas sanitarias aplicables a la producción y comercialización de los productos pesqueros y de la acuicultura.
6. Real Decreto 1840/1997, de 5 de diciembre, por el que se modifican las normas sanitarias aplicables a la producción y comercialización de los productos pesqueros y de la acuicultura fijadas por el Real Decreto 1437/1992, de 27 de noviembre.
7. Real Decreto 2666/1998, de 11 de diciembre, por el que se establecen los criterios de selección para el fomento de la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios, de la pesca, de la acuicultura y de la alimentación.
8. Decreto 1507/1967, de 30 de junio, por el que por motivos e interés público se concede exención de derechos arancelarios de importación y de Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores para los buques pesqueros de origen extranjero menores de 200 toneladas de registro bruto y de 600 CV que se abanderen en España con matriculación en los puertos de Ceuta y Melilla, así como para los materiales que se importen para la construcción, reforma o reparación de los mismos.
9. Decreto 2494/1974, de 9 de agosto, por el que se establece la obligatoriedad de aportar bajas en la Tercera Lista para acceder a la construcción de buques pesqueros.
10. Decreto por el que se amplía el alcance del Decreto 2494/1974, de 9 de agosto, y se establece la obligatoriedad de aportar bajas en la Tercera Lista para acceder a la importación de buques pesqueros.
11. Orden de 18 de abril de 1985 por la que se regula la concesión de ayudas a las organizaciones de productores pesqueros, con destino a mejorar la comercialización de sus productos y favorecer su acceso a canales de comercialización directos.
12. Orden de 7 de julio de 1986 por la que se regula la concesión de ayudas a las Cofradías de Pescadores, Cooperativas, Asociaciones Extractivas, de Acuicultura y Organizaciones de Productores Pesqueros para la creación y equipamiento de lonjas y mercados.
13. Orden de 1 de marzo de 1991 sobre el procedimiento de solicitud de las ayudas globales a tanto alzado a percibir por las Organizaciones de Productores Pesqueros por retirada del mercado de los productos indicados en el anexo VI del Reglamento (CEE) número 3.796/81.
14. Orden APA/85/2004, de 15 de enero, por la que se establece el procedimiento para la concesión de las ayudas a la constitución y funcionamiento de las organizaciones de productores pesqueros y a sus asociaciones, y las destinadas a facilitar la ejecución de los planes de mejora de la calidad de los productos pesqueros.
15. Orden APA/869/2007, de 14 de marzo, por la que se fija el valor a descontar del importe de las ayudas globales para las partidas sometidas al régimen de compensación a tanto alzado, para las especies incluidas en el anexo IV del Reglamento (CE) 104/2000, y para las Organizaciones de Productores Pesqueros hayan fijado precios autónomos.
16. Orden ARM/1282/2010, de 6 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las organizaciones de productores pesqueros, de ámbito nacional, previstas en el artículo 37, letra n) del Reglamento (CE) n.º 1198/2006 y en el artículo 9 del Reglamento (CE) n.º 104/2000.
17. Orden por la que se dan normas sobre el suministro de pertrechos y provisiones nacionales a los buques despachados con destino al extranjero y a los buques pesqueros de altura y gran altura.
18. Orden por la que se regula la desgravación fiscal a la exportación, reconocida por la de 15 de julio de 1975, de los pertrechos y provisiones nacionales suministrados a buques despachados con destino al extranjero y a pesqueros de altura y gran altura.
19. Resolución de la Dirección General de Comercio Exterior por la que se autoriza la venta en puertos extranjeros de pesca capturada en altura por barcos pesqueros españoles.
20. Orden de 10 de julio de 1963 sobre préstamos con destino a la instalación de sistemas de congelación y refrigeración en buques pesqueros entre 250 y 500 toneladas, entrados en servicio con posterioridad al año 1955.
21. Orden de 31 de julio de 1963 sobre autorización al Banco de Crédito a la Construcción para la concesión de préstamos destinados a la construcción de barcos pesqueros de técnicas modernas en el próximo ejercicio.
22. Orden de 5 de agosto de 1963 por la que se dictan normas para la petición de préstamos con destino a la instalación de sistemas de congelación a bordo de determinados pesqueros.
23. Orden de 3 de julio de 1964 sobre autorización al Banco de Crédito a la Construcción para la concesión de préstamos destinados a la construcción de barcos pesqueros de técnicas modernas.
24. Orden de 19 de mayo de 1965 sobre concesión de crédito para la construcción de buques pesqueros de nuevas técnicas.
25. Orden de 9 de julio de 1965 sobre normas para la petición de préstamos con destino a la construcción de unidades pesqueras de gran autonomía y de apoyo de flotillas de pesqueros.
26. Resolución por la que se establece el control sanitario de contaminación por mercurio en el pescado y productos pesqueros.
27. Resolución por la que se regula la documentación relativa a los buques que se aporten como bajas en la Tercera Lista para acceder a la construcción de buques pesqueros, según lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Comercio de 11 de diciembre de 1974.
28. Orden por la que se regulan las bajas necesarias en la Tercera Lista para acceder a la importación de buques pesqueros, según lo dispuesto en el Decreto 2879/1975, de 31 de octubre.
29. Orden sobre regulación del trámite de expedientes de concesión de primas al desguace de buques pesqueros que se establece en el Real Decreto 2595/1976, de 30 de octubre.
30. Resolución de 17 de marzo de 1982, de la Dirección General de Comercio Interior, sobre nuevo modelo de certificado del Registro Especial de Entidades y Centrales de Distribución de Productos Agropecuarios y Pesqueros para la Alimentación a que se refiere el Real Decreto de la Presidencia del Gobierno 1882/1978, de 26 de julio, regulado de acuerdo con lo establecido por la Orden de 22 de mayo de 1980 del Ministerio de Comercio y Turismo.
31. Orden de 19 de diciembre de 1983 por la que se establece el valor de la prima adicional a la construcción naval en el caso de buques pesqueros.
32. Orden de 17 de abril de 1985 por la que se regulan las bajas necesarias de la tercera lista para acceder a la construcción de buques pesqueros que no estén acogidos al crédito oficial.
33. Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se amplían, para el año 1987, las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y pesqueros.
34. Orden de 7 de marzo de 1988 sobre tramitación de expedientes de construcción de buques pesqueros de seis o más metros y menores de nueve metros de eslora entre perpendiculares, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 535/1987, de 10 de abril.
35. Orden de 20 de mayo de 1988 por la que se regulan las titulaciones menores para el mando de buques pesqueros.
36. Orden de 30 de noviembre de 1988 por la que se amplía para el año 1988 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
37. Resolución de 22 de febrero de 1989, del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), por la que se da publicidad a los precios de retirada autónomos fijados por las Organizaciones de Productores Pesqueros y se establece el procedimiento de control en la concesión de las ayudas a tanto alzado previstas en el Reglamento (CEE) 3796/81, para los productos pesqueros incluidos en su anexo VI.
38. Orden de 10 de mayo de 1989 por la que se establecen las ayudas nacionales para la adaptación de los buques pesqueros de eslora entre perpendiculares inferior a nueve metros en la pesca de cerco, y a 12 metros en el arrastre de fondo del Mediterráneo, en el supuesto de cambio a otras modalidades preferentes de pesca.
39. Orden de 13 de marzo de 1989 por la que se amplían para el año 1989 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
40. Orden de 17 de julio de 1989 por la que se establecen las normas sobre el procedimiento de tramitación de las solicitudes de ayudas económicas para la realización de inversiones relativas al equipamiento de puertos pesqueros.
41. Orden de 13 de septiembre de 1990 por la que se amplían para el año 1990 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
42. Orden de 28 de febrero de 1991 por la que se amplían para el año 1991 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
43. Orden de 1 de marzo de 1991 sobre el procedimiento de solicitud de las ayudas globales a tanto alzado a percibir por las Organizaciones de Productores Pesqueros por retirada del mercado de los productos indicados en el anexo VI del Reglamento (CEE) número 3.796/81.
44. Resolución de 6 de marzo de 1991, del Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM), por la que se da publicidad a los precios de retirada autónomos fijados para la campaña de 1991 por las Organizaciones de Productores Pesqueros de los productos indicados en el anexo VI del Reglamento (CEE) número 3.796/1981, y se fija el importe de las ayudas globales para la mencionada campaña.
45. Orden de 7 de marzo de 1991, sobre el procedimiento de solicitud de las compensaciones financieras a percibir por las Organizaciones de Productores Pesqueros por retirada del mercado de los productos pesqueros indicados en las letras A y D del anexo I del Reglamento (CEE) número 3.796/81.
46. Orden de 11 de junio de 1992 por la que se establecen las condiciones de concesión de excepciones temporales, respecto a las normas sanitarias aplicables a la producción y puesta en el mercado de los productos pesqueros, en lo que se refiere a las exigencias de equipos y de estructuras de los buques factoría, establecimientos, mercados de subasta (lonjas) y mercados mayoristas.
47. Orden de 12 de junio de 1992 por la que se amplían para el año 1992 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
48. Resolución de 2 de junio de 1992, de la Dirección General de Mercados Pesqueros, por la que se modifica y corrigen los errores de la Resolución de 20 de febrero de 1992, por la que se da publicidad a los precios de retirada autónomos de los productos indicados en el anexo VI del Reglamento (CEE) número 3.687/91, fijados para la campaña de 1992 por las Organizaciones de Productores Pesqueros, y se establece el importe de las ayudas globales para la mencionada campaña.
49. Orden de 27 de julio de 1993 por la que se amplían para el año 1993 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros
50. Orden de 13 de octubre de 1995 por la que se amplían para el año 1995 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.
51. Orden de 13 de diciembre de 1996 por la que se amplían para el año 1996 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y Comercialización de los productos agrarios y pesqueros.
52. Orden de 4 de noviembre de 1997 por la que se amplían para el año 1997 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y pesqueros.
53. Orden de 27 de agosto de 1998 por la que se amplían para el año 1998 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y pesqueros.
54. Orden ARM/327/2010, de 11 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca dirigidas a inversiones a bordo de buques pesqueros y selectividad, ajustes de los esfuerzos pesqueros, ayudas a la pesca costera artesanal y compensación socioeconómica para la gestión de la flota pesquera comunitaria, en las ciudades de Ceuta y Melilla durante el periodo 2010-2013.
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