Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 30 jul 2018
Hasta tanto se modifique la Orden INT/1251/2004, de 7 de mayo, por la que se regula el Comité Ejecutivo para el Mando Unificado, las referencias a este órgano se entenderán hechas al Comité Ejecutivo de Coordinación, al que se refiere el apartado 4 del artículo 2.
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