Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 3 nov 2021
1. La CIOA es un órgano colegiado constituido para coordinar y armonizar las disposiciones normativas referidas al ámbito alimentario. Sus informes tienen carácter preceptivo en los aspectos técnicos, sanitarios, de comercialización y de protección al consumidor en el ámbito de la ordenación alimentaria. 2. La Comisión se adscribe a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (en adelante, AESAN, O.A.)
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eli/es/rd/2021/11/02/950#art-2