Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 4 nov 2021
Podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas físicas o jurídicas o entes sin personalidad jurídica: a) Que sean titulares o propietarios de los centros de limpieza y desinfección para ganado, incluidas las especies cinegéticas autorizados y registrados por el órgano competente de la comunidad autónoma, en cuyo ámbito territorial estén ubicados, y se comprometan a la mejora del mismo. b) O que se comprometan a construir un nuevo centro de limpieza y desinfección.
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eli/es/rd/2021/11/02/949#art-6