Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
5 / 41En vigor desde 18 may 2023
1. Los programas de apoyo para el impulso a la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería, que se contienen en este real decreto, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, estarán en vigor desde el día siguiente de la publicación de este real decreto en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el 30 de abril de 2024.
2. Las solicitudes de ayuda correspondientes podrán cursarse a partir del momento y en la forma que establezcan las comunidades autónomas en sus respectivas convocatorias, sin que, en ningún caso, puedan aprobarse dichas convocatorias con posterioridad a la finalización del expresado plazo de vigencia.
Se modifica por el .2 del Real Decreto 367/2023, de 16 de mayo. Ref. BOE-A-2023-11642
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/11/02/948#art-5