Art. Disposición final primera
5 / 6En vigor desde 29 ago 2003
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2003/07/18/946#disposicion-final-primera