Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 11 sept 2025
1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ostentará la Secretaría General del Real Patronato. Sus funciones no serán retribuidas, sin perjuicio de las indemnizaciones que correspondan. 2. Son atribuciones como órgano de gobierno del Organismo: a) Mantener informada a la presidencia del Consejo de las actividades del Real Patronato sobre Discapacidad, así como prestar al mismo el asesoramiento y asistencia que sean necesarios. b) Ostentar la representación ordinaria del organismo autónomo. c) Aprobar las propuestas de anteproyectos de presupuestos anuales de gastos e ingresos, así como rendir las cuentas del organismo autónomo. d) Desempeñar cuantas otras funciones se le atribuyan por norma legal o reglamentaria. Se modifica por el .8 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-17928 Se modifica el apartado 2 por el art. único.7 del Real Decreto 1/2013, de 11 de enero. Ref. BOE-A-2013-756 . Se modifican los apartados 1 y 3 por la disposición final 3.4 del Real Decreto 1258/2010, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2010-15441 .

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Pro

eli/es/rd/2001/08/03/946#art-8