Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 36En vigor desde 25 jun 1997
El presente Real Decreto se aplicará en el ámbito territorial de los Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo y cuyas cabeceras de zona se recogen en el anexo de esta norma.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/06/20/939#art-1