Art. 24
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 24

24 / 35
En vigor desde 1 sept 2010
Podrán ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica de los ciclos de grado superior en vela con aparejo fijo o grado superior en vela con aparejo libre, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallada en el anexo X.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2010/07/23/936#art-24