Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 27 may 2021
1. La organización y funcionamiento de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, incluida su Secretaría, será atendida con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. 2. Las medidas incluidas en este real decreto no podrán suponer incremento ni de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. Se modifica el apartado 1 por el art. único.11 del Real Decreto 371/2021, de 25 de mayo. Ref. BOE-A-2021-8751

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eli/es/rd/2013/11/29/932#disposicion-final-primera