Art. Disposición transitoria tercera
11 / 13En vigor desde 28 jul 1989
1. El nuevo Organismo de cuenca dispondrá, durante el año 1989, de los presupuestos asignados para dicho año a la actual Confederación Hidrográfica del Guadiana.
2. Las cantidades recaudadas en el ejercicio 1988, por los conceptos «Canon de ocupación o utilización y cánones de vertidos», se incorporarán al presupuesto de ingresos del Organismo para el año 1989.
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Proeli/es/rd/1989/07/21/928#disposicion-transitoria-tercera