Art. Disposición adicional cuarta
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1. Quedan suprimidos los siguientes órganos del INTA:
a) Subdirección General de Relaciones Institucionales y Política Comercial.
b) Subdirección General de Investigación y Programas.
c) Subdirección General de Experimentación y Certificación.
2. Asimismo, quedan suprimidos el organismo autónomo CEHIPAR, creado por decreto de 18 de febrero de 1933, y las unidades administrativas del ITM y del LABINGE.
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Proeli/es/rd/2015/10/16/925#disposicion-adicional-cuarta