Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª De los órganos de gestión
Art. 18
31 / 40En vigor desde 18 oct 2015
1. La Secretaría General tendrá las siguientes funciones:
a) Implantar y efectuar el seguimiento de los planes, manuales, procedimientos e infraestructura necesarios para garantizar la seguridad integral del INTA.
b) Preparar y gestionar la planificación general de las actividades de régimen interior, así como organizar, coordinar, planificar y ejecutar los servicios de registro, archivo central, documentación, biblioteca, publicaciones, y demás servicios generales del INTA.
c) Gestionar los recursos humanos, elaborar y realizar la propuesta de la nómina, mantener relaciones con otras unidades y órganos de representación competentes en la materia, así como efectuar la programación, y promoción de los programas de formación.
d) Gestionar y mantener el inventario del activo material e inmaterial.
e) Gestionar los bienes muebles e inmuebles del INTA, así como los derechos constituidos sobre los mismos, y proceder al reconocimiento, clasificación y posterior destino del material inútil o no apto para el servicio del organismo.
f) Administrar y gestionar los ingresos y gastos, así como la tesorería, realizar cobros y pagos, el control de todos los recursos económicos y financieros, y, en general, todos los asuntos de naturaleza económica que afectan al INTA.
g) Preparar y elaborar el anteproyecto de presupuestos así como el escenario presupuestario plurianual con la colaboración de la Subdirección General de Coordinación y Planes.
h) Realizar la gestión contable y elaborar las cuentas anuales.
i) Tramitar y gestionar los expedientes de contratación, así como realizar su seguimiento.
j) Administrar las participaciones accionariales que tenga el INTA en sociedades mercantiles.
k) Mantener, conservar y ejecutar las obras de edificios e instalaciones, así como elaborar los planes de inversiones para los mismos.
l) Llevar la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, sin perjuicio de las facultades que en esta materia corresponden al Director General, conforme a lo dispuesto en su normativa.
m) Elaborar los planes de igualdad y acometer su seguimiento anual.
n) Gestionar la infraestructura informática y las comunicaciones, así como planificar, implantar y mantener los sistemas de información.
ñ) Preparar, realizar el planeamiento y desarrollar la política medioambiental, supervisar y dirigir su ejecución.
o) Desempeñar la difusión e imagen corporativa del Instituto, las actividades de comunicación institucional y el ejercicio de las relaciones públicas.
2. La Secretaría General estará radicada en las instalaciones del campus de «Torrejón de Ardoz».
3. El Secretario General desempeñará las funciones de Director de las instalaciones del campus de «Torrejón de Ardoz», con las atribuciones reflejadas en el artículo 26 de este estatuto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/10/16/925#art-18