Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 14 abr 2013
La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Júcar estará integrada por los miembros indicados en el artículo 29 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, correspondiendo a las Comunidades Autónomas y a los usuarios, de conformidad con las reglas establecidas en los apartados b) y c) del punto 3.º del apartado 1 de dicho precepto, la siguiente representación: a) Comunidades Autónomas: Comunidad de Aragón: Un representante. Comunidad de Castilla-La Mancha: Tres representantes. Comunidad de Cataluña: Un representante. Comunidad Valenciana: Cinco representantes. b) Usuarios: De abastecimiento a poblaciones: dos representantes. De regadío: siete representantes. De usos energéticos: un representante. De otros usos: dos representantes. Se modifica la letra b) por la disposición final 2 del Real Decreto 255/2013, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2013-3901 .

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Pro

eli/es/rd/1989/07/21/924#art-4