Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 5 nov 2025
En los supuestos de reestructuración administrativa, quienes desempeñen las Presidencias, Vicepresidencias, Secretarías y Vocalías del Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura o de los órganos adscritos al mismo por razón del puesto que ocupan en el marco de su organización, continuarán transitoriamente en el desempeño de sus funciones hasta tanto se articulen las oportunas reorganizaciones estructurales y, en su caso, se produzca su remoción en el puesto habilitante.
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eli/es/rd/2025/10/15/918#disposicion-transitoria-unica