Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 12 jul 1985
Con la instancia se presentará: 1. Proyecto, por quintuplicado, que constará de Memoria, Planos y Presupuestos en cuyos documentos se justificarán, representarán y valorarán con suficiente detalle para su adecuada definición, las obras e instalaciones constitutivas del aprovechamiento solicitado. Se justificará en particular, el caudal que se pretende utilizar, la altura de salto útil y la potencia a instalar, calculándose la producción media anual de energía. Dentro del presupuesto general se especificará la parte correspondiente a las obras a realizar en terrenos de dominio público. La Comisaría de Aguas, si lo estima conveniente, podrá exigir la presentación del pliego de condiciones correspondiente. Ultimada la tramitación del expediente, la Comisaría de Aguas devolverá al peticionario tres ejemplares del proyecto presentado. 2. Resguardo acreditativo de haber constituido en la Caja General de Depósitos, a disposición de la misma Comisaría de Aguas, el importe del 1 por 100 del presupuesto de las obras que afecten al dominio público. 3. Relación de bienes afectados con sus propietarios cuando se haya solicitado la declaración de utilidad pública a efectos de expropiación forzosa o imposición de servidumbres. 4. Proyecto, por cuadruplicado, de las obras e instalaciones electromecánicas de la central, subestaciones de transformación y líneas de media y baja tensión. 5. Caso de que el peticionario desee acceder a los beneficios creados por la Ley 82/1980, de 30 de diciembre, sobre conservación de energía, desarrollada en el Real Decreto 1217/1981, de 10 de abril, para el fomento de la producción hidroeléctrica en pequeñas centrales y en la Orden de 28 de julio de 1982, deberá presentar, también por cuadruplicado, la solicitud dirigida al Ministro de Industria y Energía, y la documentación que prescribe el artículo 8.° del Real Decreto 872/1982, de 5 de marzo, sobre tramitación de expedientes de solicitud de beneficios creados por la Ley 82/1980. La Comisaría de Aguas remitirá tres ejemplares al órgano periférico competente en materia de industria y energía, ejemplares que se enviarán a la Dirección General de la Energía junto con el preceptivo informe. Dicha documentación comprenderá como mínimo: a) Descripción del proyecto técnico. b) Inversiones a efectuar y programa de las mismas. c) Presupuesto. Asimismo se adjuntará extracto por triplicado, que deberá contener: a) Nombre o razón social y domicilio del peticionario. b) Capital social. c) Descripción de la inversión o su localización. d) Detalle de las inversiones a efectuar, programa de las mismas, con concreción de los bienes de equipo y utillaje que hayan de ser importados directamente por el titular de la operación. e) Copia de balance y cuenta de resultados correspondiente al último ejercicio fiscal. f) Estudio económico de la instalación y determinación del precio del KWh producido.
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eli/es/rd/1985/05/25/916#art-3