Art. 14
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 14

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En vigor desde 10 jun 2012
Para acceder al ciclo de grado superior en Esgrima será necesario tener el título de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, así como el título de Técnico Deportivo en Esgrima.
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eli/es/rd/2012/06/08/912#art-14