Art. 76
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Elaboración

Art. 76

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En vigor desde 8 jul 2007
1. Con carácter previo a la elaboración y propuesta de revisión del plan hidrológico, se preparará un programa de trabajo que incluya, además del calendario sobre las fases previstas para dicha elaboración o revisión, el estudio general sobre la demarcación correspondiente. 2. Tras estos trabajos previos, el procedimiento para la elaboración de los planes hidrológicos de cuenca se desarrollará en dos etapas: una primera, en la que se elaborará un esquema de los temas importantes en materia de gestión de las aguas en la demarcación hidrográfica, y otra de redacción del proyecto de plan propiamente dicho.
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eli/es/rd/2007/07/06/907#art-76