Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Descripción general de los usos, presiones e incidencias antrópicas significativas
Art. 16
28 / 122En vigor desde 8 jul 2007
1. En cada demarcación hidrográfica se indicarán las presiones antropogénicas significativas a que están expuestas las masas de agua subterránea, entre las que se cuentan las fuentes de contaminación difusa, las fuentes de contaminación puntual, la extracción de agua y la recarga artificial de agua.
2. En los casos de masas de agua subterránea que puedan no ajustarse a los objetivos medioambientales establecidos o que crucen la frontera con Francia o Portugal, deberán recogerse, actualizarse y conservarse, si procede, los datos siguientes:
a) La ubicación de los puntos de la masa de agua subterránea utilizados para la extracción de agua, con excepción de los puntos de extracción de agua que suministren menos de 10 m 3 diarios y los puntos de extracción de agua destinada al consumo humano que suministren un promedio diario inferior a 10 m 3 o sirvan a menos de 50 personas.
b) Las tasas anuales medias de extracción a partir de dichos puntos.
c) La composición química del agua extraída de la masa de agua subterránea.
d) La ubicación de los puntos de la masa de agua subterránea en los que tiene lugar directamente una recarga artificial.
e) Las tasas de recarga en dichos puntos.
f) La composición química de las aguas introducidas en la recarga del acuífero.
g) El uso del suelo en la zona o zonas de recarga natural a partir de las cuales la masa de agua subterránea recibe su alimentación, incluidas las entradas contaminantes y las alteraciones antropogénicas de las características de la recarga natural, como por ejemplo la desviación de las aguas pluviales y de la escorrentía mediante la impermeabilización del suelo, la alimentación artificial, el embalsado o el drenaje.
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Proeli/es/rd/2007/07/06/907#art-16