Art. Disposición transitoria tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 27 oct 2022
No obstante, lo previsto en el apartado 1 del artículo 58, para los programas de promoción llevados a cabo en terceros países correspondientes al ejercicio financiero 2024, el periodo de ejecución se llevará a cabo entre el 1 de mayo de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. A estos efectos, quedan modificados los siguientes plazos de comunicaciones: El plazo del apartado 1 del artículo 62 queda modificado a 15 de enero del año del comienzo del programa. El plazo del apartado 1 del artículo 64 queda modificado a 15 de marzo. El plazo del apartado 3 del artículo 65 queda modificado a 15 de junio.
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