Art. 55
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países

Art. 55

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En vigor desde 27 oct 2022
Con el fin de mejorar la competitividad de los vinos españoles, lo que incluye la apertura y diversificación de los mercados vitivinícolas, se concederá apoyo financiero con cargo al presupuesto de la Unión Europea a las acciones de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países, en las condiciones previstas en la presente sección.
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eli/es/rd/2022/10/25/905#art-55