Art. 35
Título TÍTULO II

Art. 35

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En vigor desde 19 jun 1991
Los bienes de naturaleza demanial que actualmente están afectos al Ministerio de Defensa podrán adscribirse al Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, previo cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 2.4 de la Ley 28/1984, de 31 de julio.
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eli/es/rd/1991/06/14/905#art-35