Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 10 oct 2025
1. La AEMPS publicará en el Formulario Nacional la monografía correspondiente a la que deberán ajustarse las fórmulas magistrales tipificadas de preparados estandarizados de cannabis. 2. Las monografías deben incluir en todo caso los contenidos previstos en el artículo 4 del Real Decreto 294/1995, de 24 de febrero, por el que se regula la Real Farmacopea Española, el formulario nacional y los órganos consultivos del Ministerio de Sanidad y Consumo en esta materia, así como las indicaciones legalmente reconocidas para estos medicamos a los efectos previstos en el artículo 42 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
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eli/es/rd/2025/10/07/903#art-4