Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 7 nov 2021
Las administraciones educativas que impartan las enseñanzas de grado superior de balonmano conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano al amparo del Real Decreto 361/2004, de 5 de marzo, deberán implantar el nuevo currículo de estas enseñanzas antes del inicio el curso escolar 2022/2023. No obstante, podrán anticipar al año académico 2021-2022 la implantación de estas enseñanzas.
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