Art. 18
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 18

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En vigor desde 7 nov 2021
1. El título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano permite el acceso directo a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las condiciones de admisión que se establezcan. 2. A los efectos de facilitar el régimen de convalidaciones se han asignado 63 créditos ECTS a la duración total de las enseñanzas del ciclo de grado superior en balonmano. 3. El número de créditos ECTS atribuido a cada uno de los módulos de enseñanza deportiva de este ciclo se establecen en el anexo I-A.
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eli/es/rd/2021/10/19/901#art-18