Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 13
13 / 42En vigor desde 22 jul 2026
1. Los ciclos desarrollados en el presente real decreto se estructuran en módulos, agrupados en bloque común y bloque específico.
2. Los módulos de enseñanza deportiva del ciclo inicial de grado medio en balonmano son los que a continuación se relacionan:
a) Módulos del bloque común:
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102. Primeros auxilios.
MED-C104. Organización deportiva.
MED-C105. Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad.
b) Módulos del bloque específico:
MED-BMBM102 Fundamentos básicos del juego.
MED-BMBM103 Enseñanza de balonmano en la iniciación.
MED-BMBM104 Organización de actividades y eventos de base.
MED-BMBM105 Formación práctica.
3. Los módulos de enseñanza deportiva del ciclo final de grado medio de balonmano son los que a continuación se relacionan:
a) Módulos del bloque común:
MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.
MED-C202. Bases del entrenamiento deportivo.
MED-C204. Organización y legislación deportiva.
MED-C205. Deporte y género.
MED-C206. Iniciación deportiva para personas con discapacidad.
b) Módulos del bloque específico:
MED-BMBM201 Formación técnico-táctica individual en balonmano.
MED-BMBM202 El juego colectivo en balonmano.
MED-BMBM203 Metodología en la etapa de tecnificación en balonmano.
MED-BMBM204 Preparación física del balonmano.
MED-BMBM205 Fundamentos básicos del balonmano playa.
MED-BMBM206 Balonmano en silla de ruedas.
MED-BMBM207 Dirección deportiva en la etapa de tecnificación.
MED-BMBM208 Formación práctica.
4. La distribución horaria de las enseñanzas mínimas de los ciclos desarrollados en el presente real decreto se establece en el anexo I.
5. Los objetivos generales y los módulos de enseñanza deportiva de los ciclos inicial y final de grado medio en balonmano quedan desarrollados en los anexos II y III del presente real decreto.
Se modifica la letra a) de los apartados 2 y 3 por el .2 y 3 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2026-14332
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/10/19/900#art-13