Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 12 nov 2017
Lo dispuesto en estos Estatutos se entiende sin perjuicio de las competencias de los Colegios y Consejos Autonómicos, de acuerdo con la normativa aplicable a los mismos.
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eli/es/rd/2017/10/06/900#disposicion-adicional-tercera