Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 12 nov 2017
1. El Consejo General de Economistas de España es una Corporación de Derecho Público, sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, creado por la Ley 30/2011, de 4 de octubre, sobre la creación del Consejo General de Economistas (unificación de las organizaciones colegiales de economistas y de titulares mercantiles), y regido conforme a lo dispuesto por esta, por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, y por estos Estatutos. 2. El Consejo General de Economistas de España, tiene por objeto la coordinación y representación de los Colegios de Economistas, de los Colegios de Titulares Mercantiles, y de los Colegios de Economistas unificados cualquiera que sea la denominación que cada Colegio adopte en el respectivo territorio.
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eli/es/rd/2017/10/06/900#art-1