Capítulo CAPÍTULO X
Art. Disposición transitoria tercera
37 / 44En vigor desde 1 jul 2026
El Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa promoverán la suscripción de un convenio de colaboración con las asociaciones representativas del sector de productos sanitarios, de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público con el fin de disponer, con carácter transitorio y complementario al registro de operaciones previsto en este real decreto, de información relativa a precios y volúmenes de productos sanitarios comercializados y financiados con fondos públicos, incluyendo, en su caso, información correspondiente a períodos anteriores a la puesta en funcionamiento de dicho registro.
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Proeli/es/rd/2026/02/11/90#disposicion-transitoria-tercera