Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 19
19 / 44En vigor desde 1 jul 2026
Las bajadas voluntarias de precios de las presentaciones de productos sanitarios integradas en agrupaciones homogéneas de productos sanitarios se realizarán conforme al procedimiento dispuesto para medicamentos en el artículo 9 del Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo.
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Proeli/es/rd/2026/02/11/90#art-19