Art. 64
Título TÍTULO IV

Art. 64

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En vigor desde 30 oct 2025
De conformidad con el artículo 19 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, se incluyen asimismo en la financiación de las actuaciones en las carreteras del Estado otros recursos generados por la explotación y otros mecanismos previstos en cualquier otra normativa que pudiera resultar de aplicación.
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eli/es/rd/2025/10/09/899#art-64