Art. 23
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 23

31 / 141
En vigor desde 30 oct 2025
Para asegurar la debida coordinación de las materias, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible adoptará las actuaciones recogidas en el artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2025/10/09/899#art-23