Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 30 ago 2009
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de telecomunicaciones.
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