Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 15 ago 2001
Los modelos de Reales Cédulas y diplomas que acreditan la concesión de la Cruz Laureada de San Fernando y de la Medalla Militar, como recompensas militares que integran la Real y Militar Orden de San Fernando regulada por el presente Reglamento, serán aprobados por el Ministro de Defensa mediante Orden ministerial.
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